Julio Urdin Elizaga, miembro del Biltzar de Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro / Nafarroako Ondarearen Defentsarako Plataformaren Biltzarkidea

Iruñea, señorio episcopal

A falta de un estudio más pormenorizado donde la historia parece aportar, al menos oficialmente, más bien poco respecto de la propiedad de los edificios religiosos, lo que ha impulsado a la iglesia a inmatricularlos para que de ahora en adelante se sepa ‘a ciencia cierta’ que le pertenecen y poder disponer de ellos a su antojo, iniciamos este recorrido desde San Lorenzo (capilla de San Fermín) hasta la sede episcopal iruindarra: Santa María la Real.

Por Julio Urdin Elizaga

San Lorenzo

Este templo Patrimonio de la Humanidad, al decir de la Wikipedia, estando asociado al Camino de Santiago de Compostela, Camino Francés y Caminos del Norte de España, es una de las cinco parroquias antiguas con las que contó Pamplona (según el historiador Juan José Martinena), así como sede de la capilla de San Fermín, desde finales del siglo XVII y principios del XVIII (1696-1717),construida a iniciativa de la Ciudad por cuestación popular, su elemento arquitectónico más destacado del que existe estudio de José L. Molins Mugueta. Se edificó sobre las ruinas de otro anterior de época medieval, siglo XIV, sirviendo de defensa y fortaleza a esta parte de la ciudad. Inmatriculado al mismo tiempo que los templos de San Saturnino, San Nicolás y San Agustín, el 5 de diciembre de 2003, este templo ya no es de sus parroquianos ni de la Ciudad, sino del Obispo y de un Estado extranjero con sede en el Vaticano. Una vez inmatriculado el bien inmueble no sólo pasa a formar parte del patrimonio eclesiástico, sino, por añadidura también, todo el contenido del mismo, exorno y tesoro. Una verdadera despatrimonialización y un auténtico escándalo monumental de gran proporción.

San Nicolás

Bien de Interés Cultural. Parte de un sitio Patrimonio de la Humanidad y Bien cultural protegido grado 1. Este edificio gótico, de traza protogótica, construido en el siglo XII, del que se tiene noticias desde el lejano año de1117, presidiendo el Burgo Nuevo o población de San Nicolás también como fortaleza, burla el mandato real que prohibía a sus pobladores y a los de la Navarrería levantar cualquier tipo de edificación militar; terminó por estar en las manos del rey enfrentándose a la jurisdicción del Obispo. El sacerdote Martín Larráyoz, autor de Historia de la cultura y del arte de Pamplona, escribe de San Nicolás que “nació como adjetivo de San Cernin; no es extraño que con él debiera concertar en su urbanización y hasta en sus Fueros”. El mismo autor indica que es burgo de indígenas y francos que decidieran construir sus casas fuera puertas de San Cernin “a lo largo del carasol meridional de la nueva muralla […] Construyeron su iglesia al borde del camino que desde el portal sur del Burgo iba hacia la ribera. La dedicaron a San Nicolás; y el camino, convertido ya en calle, la llamaron San Miguel […] Más que iglesia parecía fortaleza, con sus enormes matacanes sobre la puerta de entrada y sobre sus muros laterales aspillados, que aun hoy podemos apreciar”. A pesar de posteriores conflictos con los del Burgo, el sacerdote y escritor, llega a afirmar: “Pero, en sus comienzos, se entendían mejor, aunque no totalmente, con los exclusivistas y redichos del Burgo, que con los cerrados navarros siervos de Santa María”. El enemigo que los unía, como en tantas otras ocasiones de nuestra historia, el Obispo ejerciendo su dominio señorial en toda jurisdicción.

San Cernin (San Saturnino)

Bien de Interés Cultural. Parte de un sitio Patrimonio de la Humanidad y Bien Cultural protegido grado 1. Templo de estilo gótico construido en el siglo XIII sobre las ruinas de otro anterior románico con el esfuerzo de toda la comunidad de origen franco, por su fuero y diríase procedencia, implantada por el rey, aspiraba a rivalizar en altura con la mismísima Catedral. Al decir del historiador Larráyoz, “Si los burgueses -del Burgo de San Cernin – pensaron que su templo fuera su catedral, no es de extrañar que lo desearan completado con un claustro. Y consta lo estaban construyendo por los años de 1407”. Anteriormente, este sacerdote nos relata como “En los comienzos del siglo XII el Burgo de San Cernin era ya una realidad […] El clero de Santa María, reivindicaba para sí y para su obispo el ‘honor’ y la jurisdicción dentro y fuera de las puertas de la ciudad [en este caso la Navarrería era considerada como tal]. Podían, por lo tanto, y debían conservarlos en los barrios que nacieran en sus tierras comenzando por San Cernin. Hasta en su mismo mercado tenían los francos que bajar el tono ante las varas de los ministros de Santa María. Era pues, natural, que los hijos de libre suelo tolosano, sintieran menguada su libertad y dignidad bajo el yugo de aquella hierocracia de la Navarrería.” El escritor Juan Ramón Corpas Mauleón en línea con esta argumentación, afirma: “La parroquia de San Saturnino, que los ciudadanos del burgo levantan apenas asentados para dejar bien clara su independencia respecto a la catedral”. Por tanto, no es difícil intuir el que nunca fuera del Obispo. Al menos en la voluntad de estos feligreses celosos de su independencia, pese a estar bajo su dominio. Cabeza visible del burgo de San Saturnino fue asimismo fortaleza en manos del rey enfrentado a la jurisdicción del obispo al menos hasta el Privilegio de la Unión conservando su jurisdicción e identidad de origen. Inmatriculado, como los de San Nicolás, San Lorenzo y San Agustín el 5 de diciembre de 2003, desde ese momento forma parte del patrimonio de un Estado extranjero con sede en el Vaticano.

Santa María [la Real] de Pamplona (Parroquia de San Juan Bautista)

Patrimonio de la Humanidad (elemento asociado a los Caminos de Santiago de Compostela: Camino Francés y del Norte de España), este templo puede considerarse sin duda alguna ser el de los navarros contando en su interior con la parroquia más antigua de la Ciudad, San Juan Bautista de la Navarrería. Templo discutido en su nominación como Real, de la Asunción o llana y simplemente de Pamplona/Iruña, el de Santa María, es catedral metropolitana desde sus orígenes al contar con obispo. En él celebraron nuestros reyes las ceremonias de coronación y unción ante los Tres Estados que componían nuestras Cortes, así como bautismo, enterramiento y otras ceremonias de nuestros monarcas. Construido sobre otro anterior de estilo románico (siglo XII) que en su día colapsara, su reconstrucción en el nuevo estilo gótico francés (siglo XIV) fue empresa que iniciaran financiándola los reyes Carlos III el Noble y Leonor de Trastámara, y su hija Blanca, cuyas armas e inicial se encuentran en una de las claves de la bóveda, al decir de Martín Larráyoz, “…para que dieran fe a los navarros del futuro, del mecenazgo real en el primer templo del reino”; cosa, por otra parte, poco común en esta época en la que eran cabildo y obispos los encargados de sufragar los costos de las intervenciones que se llevaban a cabo en los conjuntos catedralicios, pagando la monarquía, en todo caso capillas, exorno y tesoro de la misma [Aun hoy seguimos haciéndolo].Razón por la que la sepultura de los primeros se encuentra en el centro del segundo de los tramos de su nave central. Una de las sedes de las Cortes del Reino Navarra, en cuya sala de la Preciosa se celebrasen durante siglos sesiones, lo fue asimismo de su Diputación. Cuenta con uno de los mejores claustros de este estilo [gótico] europeo y con riquezas que haría nos extendiésemos en demasía dada la perentoria necesidad de ser breves. Paradójicamente, respecto del resto de parroquias este templo fue inmatriculado en la tardía fecha de 23 de enero del 2007. Este templo metropolitano y episcopal, que sí lo era del obispo y de toda Iruña como señorío episcopal que dejó de serlo en el 1319, en definitiva es de todos los navarros al estar participado por el erario público en su construcción, exorno y tesoro. Desde ahora, al menos formalmente, pertenece con todo lo que contiene a un Estado extranjero con sede en el Vaticano.

Comentar

Su dirección de correo electrónico no será publicada.Los campos necesarios están marcados *

*

De acuerdo con lo establecido por el REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), el usuario queda informado y presta su consentimiento a la incorporación de sus datos a un fichero del que es responsable Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro – Nafarroako Ondarearen Defentsarako Plataforma con la finalidad de llevar a cabo los programas contratados, informarle sobre los productos y servicios solicitados, así como el envío de comunicaciones comerciales sobre los mismos. Le informamos también sobre sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, oposición y portabilidad de los datos, que podrá ejercer en info@plataforma-ekimena.org. Los datos personales suministrados no serán cedidos ni comunicados, ni siquiera para su conservación, a terceras personas.