La Iglesia inmatriculó una popular ermita de Málaga propiedad de una familia e inscrita ya en el registro

El dueño de la Ermita de los Verdiales descubrió que el obispo la había puesto a su nombre sin aportar prueba documental en un caso de doble inmatriculación, que revela la arbitrariedad del prelado y la pasividad de los registradores. Un ejemplo idéntico en Palencia originó en 2014 una condena histórica del Tribunal de Estrasburgo a España, que obligó al Gobierno de Rajoy a derogar el polémico artículo 206 de la Ley Hipotecaria.

Fuente: Público

A principios del año 2013, Andrés Jesús Palomo recibió una inquietante llamada telefónica. No daba crédito a lo que estaba escuchando al otro lado del aparato. El obispo de Málaga acababa de inmatricular a su nombre la conocida como Ermita de los Verdiales, ubicada en los Montes de Málaga, a unos 12 kilómetros de la capital de la Costa del Sol. Debía de tratarse de un lamentable error. El pequeño templo, de casi 200 metros cuadrados incluidas la vivienda anexa y los servicios, era de su propiedad desde que diez años atrás lo había adquirido junto con otro conjunto de parcelas heredadas de su abuelo. Así lo constataban las escrituras y los certificados registrales que obran en su poder y cuya copia ha facilitado a Público.

Hasta ese momento, Andrés Jesús Palomo no había oído hablar de las inmatriculaciones eclesiásticas ni del controvertido artículo 206 de la Ley Hipotecaria, que permitía a los obispos anotar a su nombre bienes inmuebles y fincas con su mera autocertificación diocesana y sin aportar títulos escritos de propiedad. Palomo pasó de la sorpresa a la indignación cuando se presentó ante el registro de la propiedad y pidió una nota simple. «Pertenece esta finca al Obispado de Málaga desde tiempo inmemorial«, reza la inscripción registral utilizando una fórmula que se repite una y otra vez en miles de inmatriculaciones efectuadas por los prelados en toda España.

La propia nota registral reconoce que «no se pudo determinar las circunstancias relativas al título o modo de adquisición de la finca»

El obispo no presentó ni un solo papel. Su única palabra y un autocertificado de su puño y letra como si fuera un fedatario público bastó para que el registrador tomara por buena la inscripción de la propiedad. Tanto es así que la propia nota registral reconoce que «no se pudo determinar las circunstancias relativas al título o modo de adquisición de la finca». Y añade: «Careciendo de documento inscribible se expide certificación duplicada por don Jesús E. Catalá Ibáñez, obispo de la Diócesis de Málaga, el 27 de diciembre de 2012, en cuya virtud inscribo el dominio de esta finca en favor del Obispado de Málaga al amparo del artículo 206 de la Ley Hipotecaria». Esta es la única prueba que consta en el registro de la propiedad de la presunta titularidad episcopal: la declaración del obispo. Por contra, Andrés Jesús Palomo dispone de hasta 11 documentos públicos y mercantiles que certifican su propiedad.

La Ermita de los Verdiales está ubicada en la parcela ocho del polígono 37 del catastro de una finca conocida como Pechuga. Y forma parte de un conjunto de propiedades que el abuelo de Andrés Jesús Palomo dejó a ocho herederos cuando falleció. «La Iglesia nunca ha intervenido para nada«, asegura su titular, que es también presidente de la asociación Amigos de la Ermita. Ni para construirla, ni para conservarla, ni para gestionarla, ni para rehabilitarla. Al cura lo tenían que ir a buscar los vecinos para oficiar misa en contadas ocasiones cada año. Lo llevaban en el coche, lo subían a la Ermita, le daban de comer y lo volvían a bajar a Málaga nuevamente. «Era muy reacio a venir», afirma el propietario sin salir aún de su asombro por todo este insólito laberinto jurídico en que se ha visto envuelto. Lo inaudito del caso es que el Domingo de Ramos de 2013, tres meses después de que el obispo hubiera inmatriculado el templo, el propio sacerdote le pidió las llaves de la Ermita porque, según dijo, era propiedad del prelado. «Lógicamente, me negué en rotundo», declara Andrés Jesús Palomo.

Hay otro dato revelador que cuestiona los argumentos del Obispado. La Ermita de los Verdiales, según explica el propietario, no fue construida originariamente como templo. En el siglo XVIII, los Montes de Málaga eran terrenos baldíos que fueron paulatinamente colonizados por agricultores y ganaderos. Hacía falta un espacio para dar misa a la incipiente población y uno de los vecinos ofreció un almacén de aperos de labranza. La Iglesia solo puso el cura. El edificio siguió siendo propiedad de su dueño y todos los gastos derivados de la liturgia religiosa fueron sufragados por el casero y los vecinos de la zona. El templo se consolidó ya en el siglo XIX como parroquia con el título de Nuestra Señora de los Dolores. Tiene, además, adosadas una vivienda y unos servicios, donde durante años vivieron familias, a veces, en régimen de alquiler. «Mi abuelo la tuvo alquilada mucho tiempo y la familia hacía uso de la Ermita como cuadra, corral, palomar, pajar y granero», explica Andrés Jesús Palomo.

La finca también incluye una casa que se usaba como alojamiento ocasional del cura cuando iba a dar misa. Tenía una planta bajo rasante, destinada a pajar y granero. En la superior, había un dormitorio y un salón cocina. «También era del dueño del terreno», indica. Estaba desocupada y el propietario la cedía gratuitamente al sacerdote, de la misma forma en que antiguamente los núcleos rurales aislados prestaban casas a los maestros o los médicos. Hoy la casilla del cura, también llamada Casarón de Varo, está totalmente en ruinas. Por eso, quizás, el obispo rehusó inmatricularla. Andrés Jesús Palomo hace una observación, al respecto: «Si el cura tenía supuestamente residencia en la Ermita, ¿por qué no se que daba en la vivienda anexa? Pues porque vivían allí familias».

El obispo rehusó inmatricular el Casarón de Varo

Así se mantuvo hasta que en 1931 fue atacada en una de las revueltas anticlericales de principios de siglo. El abuelo de Andrés Jesús Palomo ocupó la finca en régimen de renta en 1949 a una familia que emigró al País Vasco, hasta que en 1955 la compró. La Ermita, entonces, estaba en ruinas y se utilizaba como corral de gallinas. Fue el nuevo propietario quien la rehabilitó y, a partir de 1966, junto a otros vecinos de la zona, consiguieron una nueva imagen de la Virgen y organizaron visitas y una procesión cada Viernes de Dolores, que pronto tuvieron que trasladar al Domingo de Ramos por razones de índole laboral. Con todo, la Ermita de los Verdiales llegó en estado de semirruina al siglo XXI y cuando la adquirió su actual propietario en el año 2003 se vio obligado a restaurarla con una inversión de más de 30.000 euros, según atestigua la declaración de obra nueva aportada por Palomo. «He intentado conservar la esencia de la Ermita y mejorarla para que siga cumpliendo su función. Reformé la capilla y arreglé la sacristía», asegura. Y, una vez que acometió su reforma integral con el consiguiente desembolso económico, el obispo fue al registro de la propiedad y la inscribió a su nombre.

Andrés Jesús Palomo se dirigió por escrito al Obispado de Málaga, convencido de que se trataba de un incomprensible error perfectamente subsanable. La carta data del 10 de abril de 2013 y está redactada por su abogado. La misiva iba acompañada de la nota simple del registro de la propiedad, que certificaba la titularidad del edificio, y conminaba al prelado a comparecer ante la notaría para resolver el entuerto. El obispo no se avino a la petición y se mantuvo en sus trece. «El registrador de la propiedad me admitió que habían hecho mal las cosas», señala Andrés Jesús Palomo. Pero la única solución que le aportó fue que llevara el caso al juzgado. Así lo hizo en 2014. Sin demasiado éxito. El juez aún no ha tomado ninguna decisión y el litigio sigue pendiente de juicio oral.

La versión del Obispado de Málaga difiere sensiblemente de la ofrecida por Andrés Jesús Palomo

La versión del Obispado de Málaga difiere sensiblemente de la ofrecida por Andrés Jesús Palomo. Una fuente contactada por Público arguyó como prueba de propiedad eclesiástica que la Ermita de los Verdiales «no ha dejado de tener uso religioso» y está «correctamente inmatriculada» en el registro de la propiedad. También sostiene que figura desde 1900 en el catastro a nombre de la Diócesis. «Andrés Jesús Palomo puede ser propietario de la finca pero no del inmueble», aseguró el portavoz episcopal. Las escrituras y los documentos registrales presentados por su titular sí acreditan, en cambio, que la parcela fue adquirida con las construcciones incluidas.

El Obispado toma como prueba histórica de su dominio un libro escrito en el año 2010 por el sacerdote Rafael Gómez Marín titulado Geografía de la Iglesia de Málaga. En su página 697, el autor asegura que fue el obispo Marcelo Spínola quien el 6 de febrero de 1892 creó la citada parroquia, estableció sus límites territoriales y le asignó un sacerdote. De la construcción del templo no aporta ningún dato concreto. Es preciso subrayar que la parroquia es una división meramente diocesana que alude al conjunto de feligreses de un determinado lugar. No tiene por qué tener relación directa, por tanto, con bienes materiales ni fincas ni edificios.

La Ermita de los Verdiales no figura en el listado de bienes que la Iglesia admite ahora que no son de su propiedad y que inmatriculó por error

El de la Ermita de los Verdiales es un caso paradigmático de las miles de inmatriculaciones eclesiásticas que se han efectuado a lo largo y ancho de España en virtud de un procedimiento sin garantías, que otorga a los obispos un privilegio registral con visos de inconstitucionalidad, según han denunciado reiteradamente las organizaciones patrimonialistas. Y así lo sentenció también en 2014 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, en un caso idéntico al de Málaga. En aquella ocasión, el obispo de Palencia inmatriculó a su favor en 1994 el monasterio de Santa Cruz de la Zarza, ubicado en un finca adquirida en 1978 por una empresa denominada Sociedad Anónima del Ucieza. El propietario llevó el caso a los tribunales, pero todas las instancias judiciales españolas le dieron la razón a la Iglesia. Y tuvo que recurrir al Tribunal de Estrasburgo, que, en una sentencia histórica, propinó un duro varapalo a España por permitir, a través de las inmatriculaciones eclesiásticas, un mecanismo «arbitrario y difícilmente predecible», que dejaba en clara indefensión a los litigantes. El Gobierno de Rajoy se vio forzado a derogar el artículo 206 de la Ley Hipotecaria, pero no obligó al Obispado de Palencia a devolver el monasterio usurpado. Dos años después, en 2016, ante el incumplimiento gubernamental de la sentencia, el TEDH condenó al Estado a indemnizar con 600.000 euros al propietario y el obispo, paradójicamente, se quedó con el inmueble.

La Ermita de los Verdiales no figura en el listado de bienes que la Iglesia admite ahora que no son de su propiedad y que inmatriculó por error, como consecuencia de un pacto con el Gobierno de Sánchez, duramente criticado por la coordinadora Recuperando, que agrupa a una treintena de colectivos ciudadanos. Hace escasamente tres semanas, la Diócesis de Málaga declaró públicamente que no había recibido ninguna reclamación de terceros por inmuebles inmatriculados. Lo que, a todas luces, no parece demasiado cierto.

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