Moción al Ayuntamiento de Pamplona presentada por Mariné Pueyo

marinepueyo

DEFENSA DEL PATRIMONIO

El Pleno de este Ayuntamiento en sesión del 4 de octubre del 2007, acordó llevar a cabo las acciones pertinentes encaminadas a fiscalizar la adecuada conservación de uso de todas las fincas que estando afectas a un uso o destino de servicio religioso o sin estarlo, lo hubieran estado y sean de interés histórico-artístico, así como llevar a cabo un estudio jurídico del dominio de dichas fincas.

Sin embargo y a pesar de haber transcurrido más de tres años desde su aprobación, no se ha hecho absolutamente nada, siendo una moción más de las muchas incumplidas por el equipo de gobierno.

Durante estos tres años son muchos los pasos que la Plataforma para la Defensa del Patrimonio de Navarra ha dado, los dos últimos han sido la convocatoria de una Asamblea de Ayuntamiento y Concejos en defensa del carácter público de los edificios religiosos y otros bienes inmatriculados por la Diócesis y la comparecencia de una representación de la Plataforma en el Parlamento Navarro.

Esta Plataforma ha recogido datos de inmatriculación de al menos 1087 bienes, entre los que se encuentran la Catedral Metropolitana de Pamplona, la iglesia de San Lorenzo, la parroquia de San Saturnino, la parroquia de San Agustín y la parroquia de San Nicolás.

Dada la importancia de este tema y la falta de voluntad de este equipo de gobierno en la defensa del patrimonio de la ciudad, se propone la adopción del siguiente ACUERDO:

1º.- Solicitar al Gobierno de Navarra que recabe información exacta relativa a todo lo inmatriculado en Navarra al amparo del artículo 206 de la Ley Hipotecaria, desde su aprobación en 1946 hasta el momento de la modificación del artículo 5 del Reglamento Hipotecario en 1998.

2º.- Solicitar a la Diócesis de Pamplona y Tudela que, en un acto de buena voluntad, reviertan los bienes inmatriculados estos últimos años a la situación en que estaban antes del Real Decreto de 1998. Y que si se insiste en la inmatriculación, se haga en igualdad de condiciones, de forma documentada, pública y notoria, teniendo en cuenta por igual los derechos que puedan alegar los pueblos, los y las vecinas o las instituciones civiles o religiosas.

3º.- Instar al Parlamento y al Gobierno de Navarra a que promuevan un recurso de inconstitucionalidad del artículo 206 de la Ley Hipotecaria, por ir contra el artículo 16 de la Constitución Española.

4º.- Que desde el Gobierno de Navarra se ofrezca a los pueblos de Navarra información jurídica e histórica sobre el origen y los derechos de su patrimonio público. Que se apoye a los ayuntamientos y concejos que intenten recuperar los bienes ahora inmatriculados y que si en localidades navarras en las que por desinterés, falta de información, incapacidad económica, escaso peso demográfico o desdoblamiento, no se está procediendo a la defensa del patrimonio frente a la privatización, sean el Parlamento y Gobierno de Navarra quienes ejerzan, por subrogación, esas facultades de defensa. Especialmente a los concejos más pequeños que son los que están recibiendo el ataque del Arzobispado con pleitos que no pueden sostener (caso de Garisoain e Irurre). Hemos de manifestar que una buena parte de estos bienes se sostienen sobre parcelas denominadas como Bienes Comunales para los cuales el Gobierno de Navarra debe tener una custodia y protección especial.

5º.- Que el Gobierno de Navarra informe sobre las inversiones realizadas en el arreglo, mejora y sostenimiento del patrimonio inmatriculado desde 1998, especificando el destinatario de dichas ayudas y el porcentaje que suponen las aportaciones públicas (Gobierno, Estado, Ayuntamiento) con respecto al costo total. Los navarros y navarras deben conocer hasta qué punto siguen manteniendo casi en su totalidad unos bienes ahora privatizados y obrar en consecuencia.

Pamplona-Iruñea, 4 de noviembre de 2010

Comentar

Su dirección de correo electrónico no será publicada.Los campos necesarios están marcados *

*

De acuerdo con lo establecido por el REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), el usuario queda informado y presta su consentimiento a la incorporación de sus datos a un fichero del que es responsable Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro – Nafarroako Ondarearen Defentsarako Plataforma con la finalidad de llevar a cabo los programas contratados, informarle sobre los productos y servicios solicitados, así como el envío de comunicaciones comerciales sobre los mismos. Le informamos también sobre sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, oposición y portabilidad de los datos, que podrá ejercer en info@plataforma-ekimena.org. Los datos personales suministrados no serán cedidos ni comunicados, ni siquiera para su conservación, a terceras personas.